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Como respuesta a algunos de los reclamos del campo, Massa anunció medidas

El ministro de Economía anunció medidas de alivio fiscal, entre ellas, la suspensión de los anticipos de Ganancias.

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció medidas adicionales a las ya dispuestas en los últimos meses destinadas a generar alivio a los productores para paliar las consecuencias de la sequía, entre ellas, la suspensión de los anticipos de Ganancias.

Massa impulsó un decreto y posterior resolución conjunta con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la secretaría de Agricultura que facilita a los productores el acceso de manera automática a los beneficios de alivio fiscal que establece la ley de emergencia.

“Las medidas de alivio fiscal para las y los más de 60.000 productores incluyen la suspensión del pago de anticipo de ganancias, beneficios fiscales ante la venta forzosa de ganado y la suspensión de intimaciones y embargos de las cuentas bancarias”, afirmó Massa en su cuenta de twitter.

Además, el Decreto permitirá a la AFIP implementar un plan de facilidades de pago para que las y los productores alcanzados por la emergencia tengan la posibilidad de regularizar todo tipo de deuda fiscal en hasta 48 cuotas mensuales.

La cantidad de cuotas dependerá de condiciones equitativas para la normalización de las deudas, considerando el origen y el tipo de deuda que pretende cancelar y la evaluación del grado de cumplimiento de sus deberes formales y materiales.

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Se podrán regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas o cuya fecha de vencimiento opere en el mes de la presentación del plan de facilidades de pago, junto con sus intereses y multas.

Además, al regularizar las deudas previsionales que tengan los productores, se les facilitará tomar créditos bancarios, ya que muchas entidades financieras restringen el acceso al financiamiento ante la existencia de obligaciones previsionales impagas.

sequía

Sequía en Ganadería

Por otra parte, se suspenderán las intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones, los juicios de ejecución fiscal y el levantamiento de los embargos en las cuentas bancarias; el pago de anticipos del Impuesto a las Ganancias; y se otorgarán beneficios fiscales para la venta forzosa de vientres.

La suspensión del ingreso de anticipos correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales regirá hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia. Se trata de aquellos vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del citado estado de emergencia.

Por otra parte, se realizará la deducción en el Impuesto a las Ganancias por la venta forzosa de hacienda para que las y los productores puedan deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el 100 % de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.

En el caso del monotributo, gozarán del beneficio las obligaciones mensuales correspondientes al componente impositivo cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o zona de desastre agropecuario.