
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo cambios en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) con el objetivo de flexibilizar los criterios de calificación fiscal y ajustar los períodos de información productiva a los nuevos ciclos agrícolas nacionales.
Las modificaciones fueron oficializadas a través de la Resolución General 5771/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Con la nueva normativa, se flexibilizan los parámetros objetivos utilizados para asignar los “estados” (1, 2 o 3), lo que permitirá que un mayor número de productores acceda a una calificación favorable y cuente con mayor previsibilidad. Además, se incorpora la calificación “B” dentro del SIPER como válida para alcanzar el Estado 1 (bajo riesgo), junto con la categoría “A”.
En cuanto a la información productiva, ARCA dispuso una modificación en las fechas y contenidos de la declaración IP1, que deberá presentarse del 1° de septiembre al 31 de octubre de cada año. La nueva versión incluirá las existencias al 31 de agosto y las superficies agrícolas de cultivos de invierno, adecuándose así a la extensión de los ciclos productivos provocada por innovaciones tecnológicas y por las condiciones climáticas variables.
Otro aspecto relevante es la actualización de los parámetros de incumplimiento, que ahora precisan las situaciones consideradas como conductas fiscales incorrectas. Entre ellas, se incorporan las condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o conexos, aplicables tanto a personas físicas como jurídicas.
La resolución también redefine el tratamiento de las inconsistencias informadas por el Banco Central en relación con el ingreso y la liquidación de divisas. A partir de ahora, se establece un umbral mínimo actualizado del 10% del valor FOB de exportación o USD 10.000, el que resulte mayor.
“La conversión se realizará al tipo de cambio vendedor divisa informado por el Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil cambiario anterior al control, y la valoración asignada regirá desde el 1 de marzo hasta el 28 de febrero del año siguiente”, detalla la norma.
Hasta la fecha, para acceder al Scoring 1 del SISA era necesario contar con una calificación SIPER A y cumplir de manera íntegra con los permisos de ingreso y liquidación de divisas informados por el Banco Central.