A través de la resolución 699/2023 publicada en el Boletín Oficial se acordaron nuevos protocolos para la exportación de maíz y sorgo al haberse actualizado el listado de plagas cuarentenarias, en sintonía con lo propuesto por el país asiático, por el término de dos años.
De esta manera, el maíz que se exporte cumplirá con las leyes en materia fitosanitaria, regulaciones sobre importación y normas nacionales correspondientes y estará libre de insectos vivos y plagas cuarentenarias y no podrá estar mezclado o contaminado deliberadamente con otros granos o material extraño.
También, el protocolo establecerá medidas para un sistema de manejo integrado de plagas (MIP), a fin de reducir la ocurrencia de las plagas y supervisará su aplicación por parte de las empresas privadas que tengan por objeto exportar granos de maíz a China.
La norma también establece que se proporcionará la información pertinente y se controlará que las empresas que exporten granos de maíz a China lleven a cabo actividades de limpieza, tales como zarandeo, en el proceso de almacenamiento y transporte del maíz o previamente a su carga.
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Registrará a los exportadores y elevadores que exporten maíz para asegurar que cumplan con las condiciones cuarentenarias y normas de calidad chinas pertinentes.
El Senasa deberá informar con anticipación la lista de los exportadores y elevadores registrados y deberá realizar una inspección cuarentenaria del maíz antes de su exportación al país asiático.
Para los envíos que cumplan con los requisitos especificados en el Protocolo, el Senasa emitirá un Certificado Fitosanitario que incluirá una declaración adicional: "El presente envío cumple con los requisitos descriptos en el Protocolo de Requisitos Fitosanitarios para la Exportación de Maíz desde Argentina a China y está libre de las plagas cuarentenarias que preocupan a China".
Cuando el sorgo y el maíz argentinos arriben a los puertos de entrada de China, las aduanas de ese país llevarán a cabo la inspección y cuarentena. Ambos protocolos estarán vigentes por dos años a partir de su firma.