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A partir del 1 de Abril tendrá plena vigencia el sistema on line de precios de combustibles

El sistema de información on line del precio de los combustibles tendrá plena vigencia a partir del 1 de abril, aunque las estaciones de servicio insistirán al Gobierno nacional con el pedido de extender los plazos para cargar los formularios y morigerar las penalidades previstas. El primer día...

El sistema de información on line del precio de los combustibles tendrá plena vigencia a partir del 1 de abril, aunque las estaciones de servicio insistirán al Gobierno nacional con el pedido de extender los plazos para cargar los formularios y morigerar las penalidades previstas.
El primer día hábil del año, el Ministerio de Energía publicó la Resolución 314 por la cual creó un sistema de información en línea de los precios de los combustibles, y se estableció un canal de denuncias para los consumidores.
El Sistema Unificado de Información Estratégica establece que los titulares de bocas de expendio de combustibles líquidos deberán presentar la información relativa a precios de comercialización minorista, dentro de las ocho horas de producida una modificación del valor en el surtidor de combustible de nafta, gasoil y GNC.
Desde entonces, el sistema está en funcionamiento pero en una etapa no punitiva, lo que sí ocurrirá a partir del 1 de abril, por lo cual los eventuales incumplimientos a la norma podrán ser pasibles de sanciones que van desde una multa a la clausura de la estación de servicio.
El presidente de la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines (Cecha), Carlos Gold, dijo a Télam que el sector espera tener una nueva reunión con las autoridades del Ministerio de Energía antes del 1 de abril para replantear sus pedidos.
“No estamos en contra de una medida que puede servir para aclarar y aportar mayores datos a las autoridades y al público en general, pero consideramos necesario atenuar las sanciones previstas en la resolución porque no existe relación entre la eventual falta y la penalidad”, explicó Gold.
El directivo estacionero también entendió que “si bien es cierto que la información se entrega vía digital, es exiguo el lapso de ocho horas para informar el cambio y la inmediatez de la penalidad, por lo que debe existir un plazo mayor de 24 horas”.
En sus considerandos, el Gobierno argumentó que “la disponibilidad de datos públicos en condiciones adecuadas para su uso y reutilización constituye un elemento esencial para la transparencia en la gestión administrativa”.
En ese sentido, “la adecuada protección de los derechos de los consumidores requiere de la disponibilidad de información cierta, clara y detallada” sobre las condiciones de su comercialización, lo que permite “el fortalecimiento de la competencia en los mercados”.

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