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"Quieren prohibir el veganismo": activistas rechazan el proyecto que busca regular el "Atributo Vegano" en el etiquetado

La Unión Vegana Argentina (UVA) denuncia que "quieren prohibir el veganismo". Según indicaron, rechazan un proyecto realizado por el Instituto Nacional de alimentos (INAL), la Comisión Nacional de alimentos (CONAL), y la Comisión Nacional de Semillas (CONASE) que busca regular el "Atributo Vegano" en el etiquetado de los...

La Unión Vegana Argentina (UVA) denuncia que "quieren prohibir el veganismo". Según indicaron, rechazan un proyecto realizado por el Instituto Nacional de alimentos (INAL), la Comisión Nacional de alimentos (CONAL), y la Comisión Nacional de Semillas (CONASE) que busca regular el "Atributo Vegano" en el etiquetado de los alimentos.

En la explicación, la UVA argumenta que este rotulado es "inadecuado y erróneo" ya que "el veganismo es una posición ética, una filosofía y estilo de vida que nada tiene que ver con algo sanitario, bromatológico o médico, por lo tanto la autoridad sanitaria en este atributo no aplica, porque no existe riesgo sanitario". 

El párrafo del proyecto que cuestiona la UVA es el siguiente: "Será incompatible la declaración de las leyendas y/o atributos antes mencionados, cuando la empresa declare ante la autoridad sanitaria que aun habiendo aplicado las BPM (Buenas Prácticas de Manufactura), existe la posibilidad de contaminación accidental durante el proceso de elaboración de algunos de los alérgenos de origen animal de conformidad con lo establecido en el artículo 235 sétimo".

La crítica a este párrafo es porque se trata de "un requerimiento que nadie va a poder cumplir ya que ninguna empresa podrá asegurar un 0% de trazas de origen animal en sus productos". "Por lo tanto los consumidores que buscan este tipo de alimentos, no podrán acceder a tener productos rotulados como veganos o vegetarianos o basados en plantas", argumenta la Unión Vegana.

"Exigir esto es descabellado y perjudica a la comunidad vegana/vegetariana/flexitariana y al desarrollo de la industria que abastece la demanda creciente de una población de millones de personas en Argentina y de un mercado de exportaciones que se abrió y también crece exponencialmente".

También cuestionan el párrafo que dice: "Además, en los rótulos de estos productos no se podrá hacer referencia a alimentos de origen animal con identidad definida establecida en el presento código, ni tampoco utilizar términos o nombres de fantasía que hagan alusión a los mismos".

Esto quiere decir, que se prohíbe que se denomina leche a las "leches vegetales" y carnes a las "carnes a base de plantas". En este punto, la UVA asegura que se trata de "otro intento equivocado de frenar la caída del consumo de carne de origen animal y/o sus derivados".

Los activistas recurrieron a la Real Academia Española (RAE) para defender el uso de esos términos para los productos de origen vegetal: "La RAE denomina ´carne´ también a la parte de un fruto o tubérculo, generalmente blanda, que está bajo la cáscara o la piel. En cuanto a la leche, la rae dice que abarca todo jugo blanco obtenido de algunas platas, frutos o semillas".

"Por todo lo expresado, solicitamos respetuosamente a la CONAL que modifique la regulación del  atributo vegano/vegetariano/basado en plantas, y regule conforme a los estándares internacionales que rigen para este tipo de regulaciones, como sucede en todo el mundo: Norma ISO V 23.662 de Francia – o los Criterios de V-Label de Suiza – o los Criterios de la Vegan Society de Reino Unido, donde en todas las regulaciones se acepta la posibilidad de la existencia involuntaria de trazas, como está regulado para los demás alimentos”.

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En este contexto la Unión Vegana Argentina propone:

Basados en los estándares internacionales de rotulación de productos veganos, vegetarianos, basados en plantas, de la Norma ISO V 23.662 de Francia – o los Criterios de V-Label de Suiza – o los Criterios de la Vegan Society de Reino Unido, proponen la siguiente la siguiente modificación al párrafo cuestionado:

– Será incompatible la declaración de las leyendas y/o atributos antes mencionados, cuando la empresa declare ante la Autoridad Sanitaria que aun habiendo aplicado las BPM, existe la posibilidad de contaminación accidental durante el proceso de elaboración de alguno de los alérgenos de origen animal y NO DECLARE LA POSIBLE EXISTENCIA DE TRAZAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 235 séptimo”.

O sea, si hubiese alguna probabilidad de que existan, se deben declarar las posibles trazas y alérgenos, algo que ya está contemplado en el Código Alimentario para todos los alimentos.

Los argumentos

1- Para veganos y vegetarianos la posible presencia de trazas involuntarias de derivados de origen animal o alérgenos no implican inconveniente ni son letales.

2- Debe haber límites pragmáticos. El requisito de una política de tolerancia cero para los alérgenos de origen animal implicaría un trato desigual de productos veganos/vegetarianos estrictos/basados en plantas, en comparación con productos de otras categorías donde no es necesario. La presencia involuntaria de sustancias animales en productos veganos o vegetarianos estrictos o basados en plantas en cantidades técnicamente inevitables no deben considerarse engañosas.

3- La prohibición de una posible presencia de trazas de origen animal en un producto es casi impracticable. Aún en los casos en los que una planta elaboradora produzca exclusivamente productos veganos, muchas veces las trazas provienen de las materias primas adquiridas. Esto significaría que no habría productos rotulados como veganos o basados en plantas, ya que cualquier alimento podría contaminarse accidentalmente.

4- El rotulado vegano o basado en plantas no es fuente de información para alérgicos!
La afirmación del atributo vegano o vegetariano estricto o basado en plantas de un producto no reemplaza al etiquetado de alérgenos y no es una indicación de que el producto está destinado o es adecuado para el grupo correspondiente de consumidores alérgicos (Norma ISO V 23.662 – Criterios V-Label – Criterios Vegan Society).
La legislación actual sobre el etiquetado de alérgenos está destinada a ayudar a las personas que sufren de alergias e intolerancias alimentarias.
Y el veganismo no tiene nada que ver con esto. El veganismo no es una enfermedad no es una alergia. El veganismo no se debe medicalizar.

5- El veganismo es una posición ética y filosófica y no tiene relación con lo sanitario ni con lo bromatológico ni con lo médico. Por lo tanto la autoridad sanitaria no aplica para los productos veganos, porque no existe riesgo sanitario. Por el contrario, se debería valorar que la alimentación basada en plantas es buena para la salud, para el ambiente y para los animales.
Por otro lado, las trazas de alérgenos de origen animal solo llegan involuntariamente al producto. No son requeridas para la producción del mismo. En consecuencia, la compra de estos productos no fomenta el consumo de ingredientes de origen animal, ni la explotación animal.

6- Perjudicar a la comunidad vegana/vegetariana/flexitariana y a la industria que la abastece no va a aumentar la demanda de carnes de origen animal ni de sus derivados. Porque el consumo de productos basados en plantas crece exponencialmente y la tendencia es irreversible.

7- El estado tiene la obligación de acompañar los cambios culturales de la población y que el 12% de los habitante sean veganos y vegetarianos y otro 12% sean flexitarianos es suficiente motivo para generar las políticas de estado que hagan falta para generar ese acompañamiento, mientras que el párrafo mencionado, en vez de facilitarlo, lo obstaculiza, complicando el consumo y la producción.