El gobierno nacional amplió para la próxima cosecha, de 30 a 180 días, el plazo que tienen los exportadores para liquidar las divisas provenientes de las ventas externas de avena, cebada, centeno y trigo.
Lo hizo a través de una resolución conjunta de los ministerios de Agroindustria, Hacienda, y Producción, que establece que los exportadores podrán registrar Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) de avena, cebada, centeno y trigo, correspondientes a la cosecha 2016/2017, desde el momento en que se comiencen a publicar valores FOB oficiales de los mencionados productos.
La resolución publicada hoy en el Boletín Oficial precisó que "el plazo de validez de las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) comenzará a regir a partir del 1° de diciembre del año 2016".