La Cámara de procesadores y exportadores de Maíz Pisingallo (CAMPI) comunica que, a mas de cinco años de su implementación y luego de innumerables reclamos efectuados por las distintas Cámaras, finalmente la Administración General de Puertos (AGP) ha dejado sin efecto la facultad de exigencia del denominado certificado TAP para el ingreso de los contenedores a Puerto.
El certificado TAP en la práctica se constituyó en una exigencia compulsiva de las Terminales de permitir el ingreso a Puerto únicamente a aquellos contenedores que tuvieran la cobertura del certificado denominado Transporte Argentino Protegido (TAP), pese a la existencia de coberturas con costos significativamente inferiores e incluso la obligación reglamentaria de las propias Terminales de brindar cobertura por daños a bienes o personas en Puerto, todo lo cual ha sido considerado por AGP como una práctica monopólica.
La CAMPI entiende que esta medida contribuirá no sólo a mejorar ostensiblemente la transparencia y seguridad jurídica del comercio internacional sino también a una significativa reducción de sus costos, manteniendo la cobertura adecuada de los riesgos y seguridad de las personas y equipamiento afectados a la actividad.