Dicha resolución reclamaba determinada información para estar en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
Es así que, la Resolución 32/2024 anula la Resolución Nº RESOL-2017-21-APN-MA del 23 de febrero de 2017. “La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial”, comunica la normativa.
Desregulaciones en el mercado de granos
Hay que destacar que el Gobierno nacional eliminó dichos requisitos para las actividades de: granos, carne, leche, yerba, lana, azúcar y frutihortícola.
En tanto, desde la Secretaría de Bioeconomía argumentaron que el objetivo es mejorar los controles sistémicos de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, fortalecer las capacidades de fiscalización, y simplificar, reordenar y aligerar lo máximo posible la carga documental.
La medida dispuesta durante este lunes beneficia directamente a los operadores de la cadena agroindustria, dado que resulta indispensable el intercambio de información y el avance en acciones de articulación con los registros ya existentes pertenecientes a otros organismos públicos.
Desde nación manifestaron que las actividades que ya cuentan con diversos registros, habilitaciones y normativa en relación con cuestiones comerciales, sanitarias, fiscales, impositivas o de jurisdicción local y se superponen con el mencionado registro, se torna imperioso instrumentar medidas y dejar sin efecto otras existentes. “Tiene el objetivo de facilitar el comercio interno y externo, propendiendo a la desregulación de distintos mercados y a la simplificación del sistema de matriculación y registración”, argumentó.
En el caso de los granos, se derogó el requisito de informar, detalle de cuentas bancarias con las que opera, movimientos bancarios de los últimos seis meses y líneas de financiamiento otorgadas por las entidades informadas.