[dropcap]E[/dropcap]l Ministerio de Agroindustria de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Matrículas y Fiscalización (DNMyF), suspendió del Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria a un frigorífico del sur de la provincia de Buenos Aires por haber encontrado incumplimiento de las normas exigidas por el organismo para comercializar.
El operativo de la DNMyF dio como resultado que el frigorífico había realizado faena de terneros/as livianos cuyo peso era inferior a los límites establecidos y fuera de los parámetros tolerados. Además, adulteró datos en los Romaneos de Playa (Declaraciones Juradas de Faena) correspondientes a terneros/as livianos; consecuentemente eludió los pagos de las cauciones, infraccionando la normativa vigente y operando de manera desleal con sus competidores directos.
La suspensión del establecimiento se ajusta a lo reglamentado en la Resolución Nº 68 de la ex-SAGPyA (Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca) del 28/12/2007 y sus modificatorias y artículo 28 incisos b) y d) de la Ley 21740, en la que establece que las anomalías descriptas ponen en descubierto una modalidad de trabajo desleal en el comercio de ganados y carnes mediante la adulteración de documentación oficial.
Frente a esta situación, la Dirección Nacional resolvió suspender la Matrícula como medida precautoria prevista en el artículo 4º de la Resolución Nº 1052/12 del MAGyP al menos hasta tanto el frigorífico justifique la operatoria comercial descripta.
El relevamiento es el primero de una serie de actuaciones que tendrán el objetivo de evitar la competencia desleal entre los distintos actores del mercado de la carne.