
Desde el Senasa informaron que “a partir de ahora, los campos proveedores de ganado a la Unión Europea tendrán un plazo de hasta 4 años sin movimientos, antes de que se proceda a su baja en el Registro Nacional de Establecimientos Rurales Proveedores de Ganado para Faena de Exportación con destino a la UE.”
La medida del Senasa vía resolución
Dicha medida, según señalaron desde el organismo, fue dispuesta por el Senasa, “a través de la Resolución 165/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, con el fin de mejorar las condiciones de producción, otorgar mayor libertad a los productores y facilitar las exportaciones.”
“Se trata de una modificación del inciso b del artículo 8 de la Resolución 53/2017, que quedará redactada de la siguiente manera”, añadieron.
Y finalizaron de la siguiente manera: “Ante la ausencia de movimientos con destino al circuito UNIÓN EUROPEA (UE), por el término de CUATRO (4) años. Para solicitar la reinscripción y reanudar los movimientos en dicho circuito, los productores que exploten el predio deben efectuar la declaración de todos los dispositivos de identificación individual existentes en el predio”.