La Secretaría de Energía estableció nuevas pautas para el abastecimiento de los biocombustibles destinados a la mezcla con combustibles fósiles, cuyo cumplimiento será obligatorio para los sujetos encargados de llevarlas a cabo.
Se trata de una revisión del marco regulatorio dispuesto a través de la Ley de Biocombustibles (27.640), que fija los procedimientos que deberán llevar a cabo de manera obligatoria tanto los elaboradores de biocombustibles, como los comercializadores.
La medida, según establece la Resolución 776/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, dispone severas penalidades en casos de incumplimiento.
La resolución posee un total de 17 artículos, en los que se norma también por ejemplo cómo será la distribución del etanol en función de si proviene del maíz o de la caña.