Eliminan la inscripción en el RUCA para productores que realicen comercio de granos y derivados para consumo propio
Desde septiembre dejará de tener efecto y la implementación del nuevo sistema simplificado para los productores que comercialicen granos y/o derivados granarios para consumo propio quedará a cargo de la AFIP.
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Con el objetivo de desburocratizar el comercio de granos el Gobierno Nacional eliminó la necesidad de estar inscripto en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) para todos los productores que comercializan granos y/o derivados granarios para consumo propio.
La medida, anticipada por el Presidente Javier Milei en la inauguración de la Exposición Rural 2024, se enmarca en una serie de políticas que buscan simplificar la industria agropecuaria, potenciar la producción y fortalecer la inserción internacional del campo argentino.
“Se busca evitar trámites innecesarios que solo conducen a la lentitud de los procesos administrativos”, dice la Resolución 69/2024 publicada recientemente en el Boletín Oficial.
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Liberarán el comercio de granos para consumo propio: en qué consiste la medida
Esta nueva disposición apunta a evitar la duplicación de registros y reducir los pasos administrativos para el sector. Hasta ahora los productores que deseaban comprar y/o vender granos para consumo de sus animales debían inscribirse tanto en AFIP y en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa, como en el RUCA, bajo la categoría «Comercializador de granos y/o derivados granarios para consumo propio».
Por los próximos 30 días, los 13.875 operadores agropecuarios actualmente inscriptos en esa categoría seguirán activos en el registro y, en caso de tener que actualizar su documentación, deberán hacerlo por la misma vía. Además, todo aquel productor que quiera comprar granos para consumo propio deberá inscribirse en la actividad.
Pasados los 30 días, el registro de la actividad dejará de tener efecto en el RUCA y la implementación del nuevo sistema simplificado para los productores que comercialicen granos y/o derivados granarios para consumo propio quedará a cargo de la AFIP.
El productor que compre granos o derivados granarios continuaría con la autorización de recibir cartas de portes de granos y derivados granarios, liquidaciones primaria de granos (compras) y liquidaciones secundarias, según corresponda.
Esta medida simplificará la compra de granos para todos los productores de animales que consumen granos y/o derivados granarios, abarcando feedlots, tambos, granjas avícolas, granjas porcinas, entre otras.