A propuesta de la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria, el titular de esa cartera, Luis Miguel Etchevehere, firmó la Resolución 42/2018, que fue publicada en el Boletín Oficial.
La norma declara en emergencia o desastre agropecuario, según el umbral de daño recibido, a las explotaciones agropecuarias afectadas por los desbordes de ríos en el departamento Rivadavia. La medida regirá desde el 1 de febrero de 2018 al 31 de enero de 2019.
En este caso, el temporal de fuertes precipitaciones y las inundaciones producidas por las aguas de los ríos Pilcomayo, Bermejo y Teuco afectaron a pequeños productores de cultivos y de bovinos, caprinos, porcinos, ovinos, equinos y aves, se precisa en la normativa.
A partir de ahora, las instituciones bancarias nacionales y la AFIP deberán "arbitrar los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley 26.509".