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Desde octubre se podrán solicitar cupos de exportación para lácteos, golosinas y duraznos en almíbar

A continuación se detallan los mismos:- "Registro de Empresas Exportadoras de Leche y subproductos Derivados" con destino a la República de Colombia, República de Ecuador y República Bolivariana de Venezuela (según Resoluciones de la ex -SAGPyA N° 379/2006, N° 519/2006 y N° 147/2006, respectivamente). - "Registro de Empresas...

A continuación se detallan los mismos:- "Registro de Empresas Exportadoras de Leche y subproductos Derivados" con destino a la República de Colombia, República de Ecuador y República Bolivariana de Venezuela (según Resoluciones de la ex -SAGPyA N° 379/2006, N° 519/2006 y N° 147/2006, respectivamente).

- "Registro de Empresas Exportadoras de Golosinas" con destino a la República de Colombia (según Resolución de la ex - SAGPyA N° 587/2006).

- "Registro de Empresas Exportadoras de Duraznos en Almíbar" con destino a los Estados Unidos Mexicanos (según Resolución de la ex - SAGPyA N° 786/2006).

Las resoluciones mencionadas, que fijan la creación de los Registros de Empresas exportadoras y las respectivas preferencias arancelarias sobre determinados productos, tienen su origen en los Acuerdos de Complementación Económica (ACE) N° 59 y N° 6.

Asimismo, las personas físicas o jurídicas titulares de empresas que cumplan con los requisitos que se detallan a continuación pueden ofrecer sus productos con preferencias arancelarias a los países con los que Argentina firmó dichos Acuerdos.

Los recaudos y documentación para la inscripción son los siguientes:
- Constancia Autenticada de habilitación del establecimiento elaborador.
- Constancia de inscripción para exportar.
- Copia Autenticada de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
- Copia Autenticada de inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCIÓN.
- Nómina o listado de las operaciones de exportación concretadas en los períodos a computar para establecer sus antecedentes exportadores, con su respectivo soporte magnético o digital.
- Copia de los Permisos de Embarque Cumplidos, que respalden el listado indicado en el punto anterior, documentación que deberá estar certificada por autoridad competente. En el caso de tratarse de cupos de exportación de productos lácteos dichas copias deberán estar acompañadas con sus respectivos Certificados Sanitarios.

Otra alternativa es, optar por el procedimiento de Determinación de Oficio, normado por las Resoluciones SAGyP N° 606/2011, N° 607/2011 y N° 1319/2012.