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El gobierno reglamentó por decreto la reforma laboral: qué expresan respecto a indemnizaciones, despidos y multas

Desde el gobierno nacional reglamentaron la reforma laboral durante este jueves. Fue publicado en el Boletín Oficial. Fue llevada a cabo por el ministro de desregulación, Sturzenegger, y el secretario de Trabajo, Cordero.

Desde el gobierno nacional, este jueves, reglamentaron la reforma laboral través de un decreto. La misma está presente en la Ley de Bases que fue aprobada en el Cngreso durante el mes de junio.

De esta manera el ejecutivo espera que la reglamentación mejore el acceso al empleo registrado. Expresaron que es “una modernización histórica de las leyes laborales en la Argentina”.

En tanto, el decreto 847/2024 publicado este jueves, y establece: “Apruébase la Reglamentación de los artículos 76 a 81 del TÍTULO IV - Promoción del empleo registrado- de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742, que como ANEXO I”, además de la aprobación de los “artículos 82 a 98 del TÍTULO V - Modernización laboral”.

En este marco, el secretario de Trabajo, Julio Cordero, junto al ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, conversó con tres medios nacionales. “El Presidente nos pidió una reforma laboral donde ganen los empresarios y los trabajadores”, indicó Sturzenegger.

Según el ministro, “el Gobierno viene a darle libertad a las partes para que puedan encontrar esa mejora mutua”.

Reforma laboral: ¿qué sucederá con las indemnizaciones?

En este sentido el artículo número 96 de la Ley de Bases es uno de los más que más reflejan la iniciativa libertaria. Es que se crea un sistema indemnizatorio distinto para los nuevos trabajadores. Milei puso el ojo en el artículo. Durante septiembre del 2023 mantuvo una reunión en secreto con el líder de la UOCRA, Gerardo Martínez, para que le brinde detalles sobre el Fondo de Cese Laboral que rige en la industria de la construcción.

¿Qué expresa este artículo de la reforma laboral?

“Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir la indemnización prevista en el artículo 245 de la ley 20.744 por un fondo o sistema de cese laboral conforme los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo nacional.”

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Los puntos de la reforma laboral

En esta línea, los empleadores podrán contratar un sistema privado a su costo con el objetivo de arreglar la indemnización que expone el artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la ley 20.744. En todos los casos, las empresas podrán auto-asegurarse en el sistema que se defina”.

Se trata de un sistema optativo que se negocia entre empresarios y sindicatos en los convenios colectivos de trabajo, y, aún así, es de será voluntario. Además, permite que los trabajadores no lo acepten y se mantengan dentro del régimen indemnizatorio vigente.

“Como nosotros no conocemos nada de todo eso ni la riqueza y las peculiaridades de cada sector, vamos a dejar que el convenio colectivo defina un mecanismo superador al régimen indemnizatorio y el Gobierno no hace nada, sólo da libertad para que lo hagan”, expresó Sturzenegger.

De todos modos, no hubo acuerdo. La CGT insistió en “suavizar” el artículo con una fórmula “contraria al espíritu del Congreso” al sancionar ese punto, debido a que los matices de bloqueo "parcial" o "total" implicaban cierto grado de discrecionalidad. Por eso, finalmente, el Gobierno decidió no reglamentar el polémico artículo.

Reforma laboral sobre las deudas por aportes

Respecto al blanqueo laboral, el artículo 76 de la Ley Bases dispone un blanqueo de empleados no registrados o sub-registrados hasta la fecha de aprobación de la norma y, además, prevé perdonar deudas por aportes y contribuciones, multa o sanción prevista en las leyes laborales.

Establece la eliminación del padrón de incumplidores si se regularizan todas las faltas y se condona la deuda de capital e intereses por el pago de contribuciones y aportes patronales. Varía de acuerdo al tamaño de la empresa: las micro y pequeñas sólo pagarán el 10%; las medianas, el 20%, y el resto, el 30%. Si el pago es de contado hay 50% de descuento. Si no, un plan de pagos que publicará la AFIP.

En la misma línea, reglamentaron una simplificación en el blanqueo de empleados. Se redujo la cantidad de datos para registrar a un trabajador y darlo de alta. Respecto a la relación de la simplificación del proceso de alta con el blanqueo laboral, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado apuntó: “Son como hermanos mellizos. Tenemos que tratar de facilitar la registración para fortalecer la formalidad”.