Actualidad

El Gobierno reguló la presencia de palo y polvo en la yerba mate

Luego de que Instituto Nacional de la Yerba Mate encontrara un incremento en el porcentaje de polvo de palo, y con el objetivo de asegurar la calidad e inocuidad de esta materia prima, el Gobierno decidió regular la cantidad de palo y polvo en la yerba mate.

El Gobierno nacional reguló la presencia de palo y polvo en la yerba mate a través de la Resolución 379/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, con el objetivo de obtener un "producto de buena calidad" y para asegurar la "inocuidad" de esa materia prima.

En el nuevo reglamento de control de calidad aprobado por el Instituto Nacional de la Yerba Mate, indicó que "el análisis realizado de una muestra de Yerba Mate Canchada, debe arrojar un resultado de porcentaje total de palo, incluida la fibra cruda (Normas IRAM 20511), que no sea superior al 35,0 %".

Los considerandos de la normativa explicó que la Resolución 11/2017 aprobó el reglamento de aplicación a todos los operadores que efectúen tareas de recepción, transporte y/o secado de hoja verde de yerba mate.

"Los resultados de análisis de laboratorio de las muestras tomadas por los funcionarios del INYM, evidencian a través de los años, un incremento en el porcentaje de polvo de palo que pasa por tamiz 420 mm (malla 40), circunstancia que pone de manifiesto que durante el procesamiento de la hoja verde, se procede un molido o reproceso del palo grueso que el INYM debe regular y controlar en miras a la obtención de un producto de buena calidad", se explicó.

Lee también: El Gobierno lanzó el plan exportador PyME, con una inversión de $20.000 millones

La nueva normativa fue justificada al argumentarse que "el cotejo de los resultados de análisis de laboratorio de las muestras tomadas por los funcionarios del INYM durante los años 2019 y 2020, demuestra que resulta necesario exigir que la yerba mate canchada que se comercialice en el país cumpla con especificaciones microbiológicas que aseguren la inocuidad de dicha materia prima".

La Resolución señaló que "la totalidad del palo que se obtenga como subproducto del proceso productivo de elaboración en los establecimientos secaderos, es considerado como un palo de descarte que deberá ser inutilizado".

También se precisó que "las características físicas de la yerba mate canchada deben arrojar en un examen de tamizado, los siguientes porcentajes máximos y mínimos: Palos de yerba mate sobre malla 5 mm. x 70 mm., un máximo de 5,00 %; volumen retenido por tamiz 420 mm, un mínimo de 88,0 % y bajo tamiz 420 mm (malla 40) (polvo de hoja y palo), un máximo de 7,00%".