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Rige la obligatoriedad de inscripción en el RUCA para el sector lanero

Desde la actividad lanera, deberán inscribirse las empresas del sector que realicen las actividades de labores en barracas, lavadero, peinaduría, exportación e importación y la vigencia de la inscripción será hasta el 1° de enero de 2018. Esta modificación se encuentra en el marco del Programa de Transparencia...

Desde la actividad lanera, deberán inscribirse las empresas del sector que realicen las actividades de labores en barracas, lavadero, peinaduría, exportación e importación y la vigencia de la inscripción será hasta el 1° de enero de 2018.

Esta modificación se encuentra en el marco del Programa de Transparencia de Mercados llevado adelante por la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios. 

Este programa tiene como objetivo principal crear un sistema de precios de referencia para el sector.

La incorporación de los actores de la actividad lanera será insumo indispensable para dicho objetivo.

Dentro de este programa ya se ha incorporado una modificación del Documento de Tránsito Electrónico (DTE), en un trabajo en conjunto entre la Subsecretaría y el Senasa, dentro del área del Ministerio de Agroindustria.

Esta modificación consiste en la unificación de las unidades de medida para la carga, donde a partir de ahora sólo se aceptará la denominación de kilogramos como unidad de peso.
También, se agregó la diferenciación entre lana sucia "vellón"/"no vellón" y lana limpia, con el objeto de una mejor identificación del producto comercializado.