La Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, emitió la Disposición 23/2024, para que los buques y convoyes naveguen con certificado ambiental.
Los buques que naveguen por la Vía Navegable Troncal deberán contar con certificados de cobertura ambiental. Así lo estableció la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, a través de la Disposición 23/2024.
Sobre los buques y la certificación
Dicho certificado tiene que ser emitido por una empresa nacional que esté habilitada por la Prefectura Naval Argentina. Así lo manda la Ordenanza 5/99.
La preceptiva, que, publicada el 3 de octubre de 2024, pretende reforzar las medidas de prevención contra derrames de hidrocarburos y otras sustancias nocivas en las aguas argentinas.
El incumplimiento de esta disposición implicará que la Administración General de Puertos contrate el certificado correspondiente a cuenta del buque, pudiendo cobrar hasta tres veces su valor.
Además, la disposición instruye a la Administración General de Puertos a implementar los mecanismos de control y cumplimiento dentro de los próximos 15 días, con el fin de asegurar la protección ambiental y la seguridad en la navegación en esta zona clave para el comercio y la actividad portuaria del país.