El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso para la segunda campaña de vacunación antiaftosa que los productores que apliquen técnicas con fines reproductivos como la inseminación artificial a tiempo fijo (IATF) podrán solicitar adelantar la inoculación de las categorías vacas y vaquillonas hasta 15 días previos al inicio de la campaña.
La medida responde a una inquietud planteada por la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de Buenos Aires, respecto que la coincidencia de las campañas de vacunación antiaftosa y la aplicación de los protocolos de IATF u otras operatividades de índole reproductivo, podrían afectar los índices de preñez según datos de un trabajo experimental realizado en Brasil.
Si bien el citado trabajo no es extrapolable a nuestro medio, entre otros aspectos, por las diferencias en la composición de la vacuna en lo que refiere a su formulación, elaboración, grado de pureza, métodos de concentración de antígeno y los adyuvantes utilizados y, hasta la fecha no hay evidencias científicas de que esto ocurra en el contexto productivo de nuestro país y con el tipo de vacuna que aquí se utiliza, el Senasa brinda, a los productores que lo deseen, optar por adelantar de forma parcial la vacunación de las categorías vacas y vaquillonas (VC/VQ) hasta 15 días previos al inicio de la respectiva campaña de vacunación.
Para ello, deberán cumplimentar el siguiente procedimiento:
- El productor deberá presentar ante la Oficina del Senasa una solicitud de adelantamiento de la vacunación de las categorías VC/VQ por escrito, mediante nota papel o correo electrónico.
- El veterinario local identificará el RENSPA mediante la carga en el sur del antecedente sanitario perteneciente a: vacunación parcial anticipada por fines reproductivos y comunicar al Ente de vacunación el listado de productores que hayan solicitado el adelantamiento de la vacunación.
- El vacunador deberá confeccionar un acta de campaña parcial y en observaciones agregar la siguiente leyenda: Acta de vacunación parcial anticipada por fines reproductivos.
- Al inicio de la campaña de vacunación FA, el ente sanitario deberá registrar en el SISGA el acta de campaña parcial al RENSPA identificado con el antecedente sanitario ya mencionado.