La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (Artrn) anunció exenciones impositivas para la fruticultura, horticultura, vitivinicultura y producción de frutos secos; que fueron afectadas por diversas inclemencias climáticas.
La Resolución N° 980 que lleva la firma del director Ejecutivo, Leandro Sferco, exime en un cien por ciento a aquellos productores de las mencionadas actividades que se encuentren en estado de Desastre Agropecuario y en un 50% a los que fueron declarados en estado de Emergencia Agropecuaria afectados por el fenómeno climático de granizo y tormentas de lluvia, del pago de las cuotas 5/2018 a 4/2019 del impuesto Inmobiliario, (inmuebles rurales y subrurales), cuotas 4/ 2018 a 3/2019 del impuesto a los Automotores y en el impuesto de Sellos para los actos, contratos u operaciones, cuyos vencimientos operen entre el 24/09/2018 al 23/09/2019.
La medida que se conoció recientemente mediante el Boletín Oficial dispone de una amplia cobertura para los productores radicados en los Departamentos de Pichi Mahuida, Avellaneda y General Roca.
El beneficio en patentes alcanzará a los siguientes grupos y tipos definidos en la Ley I Nº 1284: a) Grupos B1 (Tipos 41 y 47) y B3 sin límite de valuación fiscal.- b) Grupos A1, B1 (tipos 43, 44, 45 y 46) y C1, hasta $ 410.000 de valuación fiscal establecida por la Agencia para la liquidación del impuesto.
El ente recaudador informó que en caso de que el solicitante posea más de un vehículo afectado al inmueble en emergencia, la exención alcanzará sólo a uno de ellos.
Cuando el contribuyente posea un único vehículo afectado a la actividad y supere la valuación fiscal, la exención se limitará al monto establecido, y por el excedente se deberá tributar el gravamen. En el supuesto caso de que el inmueble se encuentre arrendado deberá acompañarse el contrato respectivo, correspondiéndole la exención en el impuesto a los Automotores. a quien se halle explotando el inmueble. Para acogerse a los beneficios impositivos, el contribuyente afectado, deberá presentar ante la Agencia de Recaudación Tributaria el certificado de emergencia y/o desastre agropecuario