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¿Cuáles son las medidas que tomó el gobierno y que favorecen a los cooperativistas?

“No en vano trabajamos con los funcionarios de diversas áreas y sumamos equipos técnicos para analizar cada tema que nos preocupaba. Cada reunión rindió sus frutos, y es lo que nos enorgullece de nuestra gestión gremial”, decía el presidente de CONINAGRO, Carlos Iannizzotto. Por un lado, se pedía...

“No en vano trabajamos con los funcionarios de diversas áreas y sumamos equipos técnicos para analizar cada tema que nos preocupaba. Cada reunión rindió sus frutos, y es lo que nos enorgullece de nuestra gestión gremial”, decía el presidente de CONINAGRO, Carlos Iannizzotto.

Por un lado, se pedía la equivalencia en el tratamiento PYME para que se pueda tomar el impuesto al cheque (créditos y débitos) a cuenta del Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa.  La medida publicada recientemente expresa que los titulares de cuentas bancarias gravadas, alcanzados por la tasa general del seis por mil (6‰), podrán computar como crédito de impuestos o de la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas, el 33% de los importes liquidados y percibidos por el agente de percepción en concepto del presente gravamen, originados en las sumas acreditadas y debitadas en las citadas cuentas.

Asimismo, los sujetos que tengan a su cargo el gravamen, alcanzados por la tasa general del doce por mil (12‰), podrán computar como crédito de impuestos o del Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa , el 33% de los importes ingresados por cuenta propia o, en su caso, liquidados y percibidos por el agente de percepción en concepto del presente gravamen, correspondiente a los mencionados hechos imponibles.  Cuando los hechos imponibles se encontraren alcanzados a una alícuota menor, el cómputo como crédito de impuestos o de la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas será del 20 por ciento.

En otro orden,  la SEPYME modificó las escalas de facturación para considerar a una firma pyme misma e incorpora la variable empleados. También establece criterios para la categorización de actividades comisionistas (especial para las cooperativas). 

Ambos puntos fueron planteados desde CONINAGRO a la actual gestión desde hace 2 años y finalmente se ha incorporado a la normativa.