Desde el Senasa comunicaron que se implementó una medida que sirve para aprobar alimentos para animales y establecimientos elaboradores. La iniciativa busca facilitar el registro y la importación.
En este sentido, desde el organismo estatal comunicaron que “a través de las resoluciones 1415 y 1416 publicadas hoy en el Boletín Oficial, se estableció un nuevo sistema para la aprobación de alimentos para animales y de establecimientos elaboradores de esos productos, que le permite al sector productivo nacional operar en tiempos y condiciones internacionales.”
¿De qué se trata la medida del Senasa?
Se trata de una simplificación normativa impulsada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), “la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que elimina registros burocráticos y, en cambio, incorpora la declaración jurada como principal herramienta para la autorización de productos y establecimientos”, explicaron.
“El nuevo sistema establece, además, una fiscalización ex post, a través del cual el Senasa controlará en las plantas que se cumpla lo sostenido en las declaraciones juradas; y elimina los plazos de vencimiento o renovación de los Certificados únicos de Comercialización (CUC) y la habilitación de los establecimientos, que hasta ahora era de 10 años”, añadieron desde el Senasa.
Senasa sobre la declaración jurada
Además, confirmaron que “determina que los productos procesados que provengan de países con estándares sanitarios elevados y de alta vigilancia podrán ingresan automáticamente al país con la presentación de una declaración jurada, simplificando la operatoria.”
“Puntualmente, la Resolución 1415/24 fija los requisitos para la habilitación automática, simplificada y completa por declaración jurada para productos, que se realizará online a través del Sistema Integral de Gestión de Trámites (SIG Trámites) del Senasa”, sumaron.
Por último, remataron: “En tanto, la Resolución 1416/2024 estipula que los establecimientos elaboradores, fraccionadores y depósitos de productos destinados a la alimentación animal serán autorizados a operar a través de una nueva plataforma que facilitará la operatoria del usuario solicitante como del organismo oficial.”