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Freno judicial para el trigo transgénico en la provincia de Buenos Aires

En el marco de un amparo que empezó a tramitarse en 2020 en Mar del Plata, la Justicia ordenó la prohibición temporal en todo el territorio bonaerense del uso del trigo transgénico, habilitado por el gobierno nacional en mayo pasado.

En el marco de un amparo que empezó a tramitarse en 2020 en Mar del Plata, la Justicia ordenó la prohibición temporal en todo el territorio bonaerense del uso del trigo transgénico, habilitado por el gobierno nacional en mayo pasado.

La clave de la decisión fue la falta de conformación de una comisión creada por ley en 2002 que debe evaluar y trazar recomendaciones sobre la introducción y liberación de material transgénico en la provincia.

La resolución fue tomada el viernes por el titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 2 de Mar del Plata, en el marco de la tramitación de un amparo colectivo que se inició a fines de 2020 de la mano de un grupo de consumidores, productores agroecológicos, organizaciones socioambientales y comunidades de pueblos originarios.

Organismo genéticamente modificados

La presentación se había concretado luego de que el gobierno nacional dispusiera en octubre de 2020 la aprobación comercial del trigo genéticamente modificado conocido como “Trigo HB4” del grupo Bioceres que lleva inserto dos genes que le dan tolerancia a la sequía y al agroquímico glufosinato de amonio.

El amparo planteó la “inconstitucionalidad” de la comisión de la Provincia de reglamentar el funcionamiento de la “Comisión de Biotecnología y Bioseguridad Agropecuaria“ creada por ley por la ley 12.822 en 2002 y exigió que se cumplieran los puntos allí establecidos que consisten en “elaborar un informe con sus recomendaciones respecto a la introducción y liberación de material transgénico, sus efectos en los recursos naturales, la salud, la producción y la comercialización”.

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Puntualmente en la decisión adoptada el viernes, el juez Salas hizo lugar a la medida cautelar solicitada y así ordenó la prohibición temporal en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires del uso y  liberación a cielo abierto de la variedad exótica de Trigo Modificado Genéticamente HB4.

soja hb4

El juez remarcó que la cautelar dictada se centra en el pedido de los demandantes de que se concrete la “puesta en funcionamiento y elaboración de informe por parte de una comisión de biotecnología, que importa una herramienta creada por voluntad del legislador bonaerense para la gestión del ambiente, omitida en su reglamentación por parte del Poder Ejecutivo por más de 20 años”.

Y reparó en que esa comisión “debió conformarse a los 90 días” y que “tiene por fin alcanzar informes preliminares (cada 60 días) y un informe final (180 días) que deberá ser entregado a ambas Cámaras del Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo para legislar, controlar y monitorear sobre esta materia específica”, es decir la introducción y liberación de material transgénico.

Asimismo, cuestionó al Ejecutivo por la no conformación de esa comisión pese a lo que marca la ley ya que criticó: “Existe un espacio creado por ley para dirimir políticamente y de la mano de organismos de estado, entidades académicas y organizaciones de la sociedad civil, lo que 20 años después se procura en sede judicial por omisión de las distintas administraciones del Ejecutivo”.

De esa manera, señaló que el gobierno provincial está obligado a la reglamentación y puesta en funcionamiento de la comisión de biotecnología teniendo en cuenta que en el marco del proceso la Fiscalía de Estado había argumentado que la ley “no se encuentra vigente, ya que han expirado los plazos allí previstos”.