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Incorporan al sorgo, la cebada forrajera y al girasol al Programa de Incremento Exportador

Mediante la Resolución 156/2023 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno sumó a estos cultivos dentro del tipo de cambio diferencial a 300 pesos para las economías regionales.

El Gobierno incluyó al sorgo, la cebada forrajera y al girasol y sus subproductos al Programa de incremento Exportador, conocido como dólar agro.

Mediante la Resolución 156/2023 publicada en el Boletín Oficial sumó a estos cultivos dentro del tipo de cambio diferencial a 300 pesos para las economías regionales hasta el 31 de agosto del presente año.

 La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca estableció además los volúmenes de equilibrio de la campaña 22/23 para el registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), con el fin de preservar el abastecimiento del mercado interno. En este sentido se fijan los siguientes volúmenes:

-Sorgo: 950.000 toneladas.
-Cebada forrajera: 2.000.000 de toneladas.
- Semilla de girasol: 145.000 toneladas.
- Aceite de girasol: 1.100.000 toneladas.
- Harina de girasol: 1.150.000 toneladas.

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Para garantizar el abastecimiento interno de aceite de girasol, los exportadores inscriptos en el programa deberán seguir manteniendo los acuerdos de precios y volúmenes establecidos por la Secretaría de Comercio.

sorgo

En el anexo de la Resolución de detallan los productos que se encuentran alcanzados por la medida.

La Secretaría de Agricultura oficializó la semana pasada, mediante la Resolución 147/2023, los requisitos para que nuevas economías regionales se sumen al Programa de Incremento Exportador: manzana, pera, naranja, mandarina, pomelo, arroz, kiwi, cebolla, aceites esenciales, quínoa, lino, coriandro, orégano, pimiento para pimentón, manzanilla y árboles, arbustos y matas, frutas u otros frutos comestibles, incluso injertados.

De esta manera, hoy el sorgo, la cebada forrajera y al girasol se suman a los beneficios de ese programa.

Para acceder a la Resolución hacé click Aquí